1. En las aguas de acceso libre (tanto trucheras como no trucheras):
a) Barbos: 18 centímetros.
b) Bogas, madrilla, bordallo y cacho: 10 centímetros.
c) Gobio y piscardo: 8 centímetros.
d) Tenca: 15 centímetros.
e) Carpín: No se establece talla.
2. En cotos de pesca, escenarios deportivo-sociales y aguas en régimen especial: según su plan de pesca aprobado mediante la Orden FYM/1383/2018, de 19 de diciembre.
3. No se establece talla para el hucho en las aguas trucheras de la provincia de Salamanca.